-El procedimiento.
''Cuando un trabajador recurre a la PDT se le proporciona una ficha de acuerdo a su queja, se toman sus datos generales y de la fuente de trabajo y se imprime una cédula en la que aparece el nombre del procurador auxiliar que le dará asesoría a su problema'', abundó el funcionario -Élfego Bautista Pardo- .
-Siguiente paso.
Citar al patrón para efectuar pláticas conciliadoras. En caso de llegar a un acuerdo se realiza el convenio - finiquito y se da por concluida la queja interpuesta por el trabajador.
En caso de que el patrón no acuda al primer citatorio, se gira el segundo y se explica al trabajador lso pasos a seguir para la elaboración de una demanda debido a la inasistencia de la otra parte, la cual se presentará a la Junta Local de Conciliación y Arbitraje del Distrito Federal.
En los casos del despido injustificado la Procuraduría lucha por el pago de los siguientes rubros de acuerdo al salario del trabajador.
-indemnización: 90 dias.
-Gratificación: 45 dias de conformidad con el criterio de conciliación de la Junta Local De Conciliación y Arbitraje.
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